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Realidad aumentada vs propiedad intelectual

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Rodrigo León

Abogado de Silva & Cía, especialista en nombres de dominio, derecho de autor, licenciamiento, derecho informático y derecho civil. Desde hace 6 años se desempeña en el Departamento de Nombres de Dominio y Derecho de Autor del Estudio. Master en derecho por la Universidad de Montpellier I Francia.

Es profesor de derecho civil en la Universidad Jesuita Alberto Hurtado y de la Universidad Adolfo Ibáñez. Ha sido profesor invitado en la Universidad de París I, de Montpellier I, de Chile, Finis Terrae, Católica del Norte y Autónoma de Asunción, entre otras.

Actualmente, una de las tecnologías que tiene mayor proyección comercial es la realidad aumentada. Esta modalidad de realidad virtual parcial consiste en compatibilizar la realidad virtual con lo real permitiendo aprovechar al máximo los dos mundos, el físico y el digital.
 
Así, una persona que visita un museo puede acceder en tiempo real, mediante anteojos especiales y eventualmente en 3D, a información como textos, imágenes o películas relacionadas al cuadro físico que está contemplando. De esta forma aprovecha al máximo su experiencia de conocimiento.
 
Más allá del uso de hologramas o de la inmersión completa en una realidad virtual autónoma de la realidad física, la realidad aumentada permite no desconectarnos de la realidad física y aprovechar el mundo digital para informarnos mejor y en forma más completa de dicho mundo físico. La pregunta, entonces, es cómo accederemos a los contenidos en esta realidad aumentada en que el computador, el televisor o el celular, dejarán de ser la única puerta de entrada al mundo digital.
 
Los nuevos modelos de negocios están a la vuelta de la esquina y en todo ello algo tendrá que decir la propiedad intelectual. Los temas fundamentales relacionados a estos modelos de negocios serán la trazabilidad de los contenidos, su monetización y como cobrar por los derechos de propiedad intelectual. La digitalización ha sido un desafío para este tipo de derecho, pero también es su salvavidas en la era de Internet, pues es la misma digitalización la que permitirá controlar los derechos y cobrar por ellos. Así, tal vez pagar por propiedad intelectual no será tan diferente como pagar, a fin de mes, el agua o la luz.
 

Fecha : 
6 julio, 2010