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Obligaciones tributarias para emprender

Definiciones y la respuestas a las preguntas más básicas y frecuentes relacionadas con las obligaciones de un contribuyente, es lo que abarca el siguiente artículo. Lugares para realizar los trámites y conceptos como factura, rol y boleta de honorarios, son algunos de los temas tratados.

 

¿Qué significa ser contribuyente?

Contribuyentes son las personas naturales y jurídicas que deben pagar impuestos por las actividades económicas que realizan.

¿Qué son los impuestos?

Son pagos obligatorios de dinero que exige el Estado-Fisco, a los individuos y empresas, que no están sujetos a una contraprestación directa de su parte, y que se imponen con el objeto de financiar los gastos propios de la administración, para la provisión de bienes y servicios de carácter público.

¿Quiénes deben inscribirse en el Rol Único Tributario?

Deben inscribirse todas las personas naturales y jurídicas y las entidades o agrupaciones sin personalidad jurídica, que en razón de su actividad o condición, causen o puedan causar impuestos. Tú empresa es una personalidad jurídica de actividad comercial, por lo tanto debe estar inscrita en el RUT.

¿Dónde y cómo se hace la inscripción del RUT?

Acércate a la Unidad del Servicio de Impuestos Internos (SII) correspondiente al domicilio de tu empresa y presenta el Formulario 4415. Descárgalo aquí. También puedes obtenerlo en la Unidad del Servicio de Impuestos Internos o en www.sii.cl

Además, debes levar contigo los siguientes documentos:
-    Escritura de Constitución
-    Extracto de dicha escritura
-    Inscripción en Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo.
-    Publicación en el Diario oficial.

Inscripción del Rol Único Tributario y Declaración de Inicio de Actividades para empresas en oficinas del SII

¿En qué consiste?

La solicitud de inscripción en el RUT es un trámite que se realiza en cumplimiento de lo señalado en el artículo 66 del Código Tributario y se solicita simultáneamente con el aviso de Iniciación de Actividades.
La declaración de Iniciación de Actividades es jurada y formalizada ante el SII, sobre cualquier tipo de negocio o labores susceptibles de producir Rentas Gravadas en la Primera o Segunda Categoría de la Ley de Renta. Puedes consultar la lista de códigos de actividad económica saber a cuál corresponde su actividad.

-    Impuesto de Primera Categoría: es decir,  rentas de bienes raíces, del comercio y la industria, y, en general, rentas en que predomina el capital por sobre el trabajo.
-    Impuesto de Segunda Categoría: corresponde a las rentas del ejercicio de profesionales liberales o de cualquier profesión u ocupación lucrativa no comprendida en la Primera Categoría ni en las rentas del trabajo dependiente.


¿Cómo y dónde se realiza el trámite?

Debes acercarte a la unidad de SII correspondiente al domicilio de tu empresa. Recuerda que puedes realizar la Declaración de Inicio de Actividades en conjunto con la inscripción del RUT, presentando el Formulario 4415 que es el mismo para ambos trámites.
Debes presentar la declaración ante el SII dentro de los dos meses siguientes al mes que hayas iniciado las actividades.
Si vas a hacer una modificación de los datos comprendidos en la inscripción del RUT o declaración de Inicio de Actividades, tienes que hasta 15 días de efectuada la modificación o desde la fecha de inscripción en el Registro de Comercio del Extracto de constitución, a través del Formulario 3239

¿Sabías qué..?

La Declaración de Rentas Anuales debe ser ser presentada por empresas o personas naturales, para cumplir con las obligaciones tributarias que les impone la Ley de Impuestos a la Renta. Dependiendo de la diferencia entre los Pagos Provisionales pagados durante el año. Créditos que pueda utilizar y el monto a pagar en impuestos por dichas rentas, el contribuyente pagará al fisco u obtendrá una devolución por la diferencia.

Deben presentar la Declaración de Impuestos Anual a la Renta todas las personas residentes o domiciliadas en Chile que hayan obtenido rentas de cualquier origen, salvo determinadas excepciones, como por ejemplo:

-    Quienes sólo reciben sueldos y pensiones y que no hayan efectuado inversiones con derecho a Devolución de Impuestos. 
-    Las rentas netas globales menores o iguales a 13.5 Unidad Tributaria Anual (UTA), sin perjuicio de los impuestos de primera categoría que les correspondía.
-    Los pequeños contribuyentes, como comerciantes ambulantes o de la vía pública con Permiso Municipal, suplementos afectos al Impuesto Único y mineros artesanales cuyo Impuesto Único ha sido retenido por los compradores de minerales.

Durante abril de cada año se presenta el Formulario 22de Renta para cumplir con esta obligación tributaria.

Para declaraciones presentadas por papel, el plazo vence el 30 de abril de cada año. Para las declaraciones presentadas por Internet sin pago, el plazo es hasta el 10 de mayo.

Posterior a estas fechas, toda declaración quesea presentada tendrá un recargo en multas e intereses. Sin embargo, si la declaración presentada fuera de plazo se realiza por Internet, esta recibirá una rebaja o condonación en dichos conceptos.

Boleta de Honorarios.

Es el Documento Tributario que le corresponde a los profesionales independientes o sociedades de profesionales, mediante el que declara su renta y el impuesto correspondiente ante el Servicio de Impuestos Internos (SII)

Actualmente, existen dos formatos disponibles para este documento: físico y electrónico.

Boleta de Compraventa

Es el comprobante tributario que acredita la venta de un producto o servicio a un consumidor final.

Facturas

Documentos tributarios que los comerciantes envían usualmente a otros comerciantes, con el detalle de la mercadería vendida, su precio unitario, el total del valor cancelable de la venta y si correspondiera, la indicación del plazo y forma de pago del precio. Para este documento existe formato físico y electrónico.

Libros Contables.

Estos documentos te permiten llevar un registro contable de tu empresa, realizar el balance anual y respaldar tu actividad ante el SII. Dependiendo del tipo de empresa y categoría del contribuyente, se deberá contar cdon los siguientes libros:
-    Libro auxiliar
-    Libro auxiliar de remuneraciones
-    Libro de compra y venta
-    Libro fondo utilidades tributarias
-    Libro diario
-    Libro mayor

Estos Libros pueden ser adquiridos en el comercio y luego legalizados en el SII mediante su timbraje. También es posible llevar el registro contable en formato digital.

Notas de Crédito

Son documentos que deben emitir los vendedores y prestadores de servicios afectos al Impuesto de Valor Agregado (IVA), por descuentos o bonificaciones otorgados con posterioridad a la facturación a sus compradores o beneficiarios de servicios, así como también por las devoluciones de mercadería o resciliaciones de contratos.

Notas de Débitos 

Son documentos que deben emitir los vendedores y prestadores de servicios afectos a IVA, por aumento en el impuesto facturado.

¿En qué consiste el timbraje de documentos?

Es un procedimiento a través de que legalizas los diversos Documentos Tributarios, como Facturas, Boletas, Libros de Contabilidad, y otros, que respaldan las operaciones en tu empresa.
Debes timbrar los documentos que operan bajo formato físico, es decir, en papel.
Si realizas el trámite en línea, la autorización es electrónica.

¿Cómo y dónde se realiza este trámite?

Una vez impresos los documentos tributarios que requieres, debes acercarte a la unidad de SII correspondiente al domicilio de tu empresa y presentar el Formulario de Timbraje 3230, especificando tus datos personales o los del representante legal.

Tienes que señalar los documentos que vas a legalizar y luego llenar el formulario. Esto lo puedes hacer tú o una persona con poder notarial para ejecutar el timbraje.
Debes presentar también la documentación que acredita el título por el que se ocupa el inmueble que sirve de domicilio a la empresa.

¿Qué documentos deben timbrarse?

-    Facturas
-    Boletas de ventas y servicio
-    Boletas de honorarios
-    Guías de despacho
-    Facturas de compra
-    Notas de débito
-    Notas de crédito
-    Pagarés
-    Libros de contabilidad
-    Rollos de máquinas registradoras

Declaración de Impuestos

A continuación te describimos un trámite fundamental, correspondiente a la declaración de IVA, PPM y Retenciones.

¿En qué consiste?

Este trámite se refiere a la declaración y pago mensual de Impuesto al Valor Agregado (IVA), débito fiscal (ventas), crédito fiscal (compras), ventas externas y de exportaciones y otros impuestos tales como:
Retenciones de Segunda Categoría (honoraios), Impuesto Único a los Trabajadores, Pagos Provisionales Mensuales (PPM) obligatorios, Cotización Adicional de Salud, Créditos y Remanentes de Empresas Constructoras.

¿Cómo y donde realizar estos trámites?

Puedes obtener el Formulario 29 en kioscos a $60 o en una Unidad del SII. Si la Declaración de Impuesto resulta ser un pago, debes presentarla en las instituciones financieras autorizadas para recibirla, acompañando el RUT del contribuyente y el dinero para pagar los impuestos.
Si la declaración es sin pago, debe ser presentada por Internet o en la Unidad de SII.
La declaración de IVA, PPM y Retenciones puede ser realizada por Internet ingresando a www.sii.cl

Más detalles puedes visitar el manual interactivo.